Organizaciones advierten sobre el impacto de una resolución que autorice más edificaciones en áreas protegidas, lo que podría afectar ecosistemas, fauna y el estatus de Patrimonio Mundial de sitios emblemáticos. Una reciente resolución que modifica las normativas para construir casas y edificios dentro de los parques nacionales de la Patagonia ha encendido la alarma entre quienes protegen el ambiente y valoran la naturaleza. Según la Sociedad Naturalista Andino Patagónica, la Fundación Patagonia Natural y la Fundación Azara, esta norma permitirá un aumento significativo de construcciones y ampliará la superficie construible en los lotes.
La Resolución N° 300/2025, publicada por la Administración de Parques Nacionales el 1 de octubre pasado, cambia radicalmente los límites. Antes, el máximo permitido para construir edificios en un lote de 100 hectáreas era de 2.400 metros cuadrados; ahora puede alcanzar hasta 5.500 metros cuadrados. Asimismo, la superficie total construible aumentó de 3.900 a 8.900 metros cuadrados, es decir, más del doble. En cuanto al número de casas o bloques, las cifras también se incrementaron notablemente: en el parque Lanín, de 964 a 1.737, y en Nahuel Huapi, de 1.658 a 2.944.
Los potenciales impactos
Las organizaciones ambientales alertan que la norma permite y promueve la densificación de construcciones y la ocupación humana en las Reservas Nacionales. Temen que la mayor cantidad de edificios implica un aumento en la circulación de personas, lo que afecta la vida silvestre, los bosques, el agua y la tranquilidad de esos lugares únicos.
Si antes las construcciones estaban dispersas, ahora podrían formarse barrios enteros que traerán cercas, caminos, vehículos, mascotas, nuevos servicios y mayor movimiento. Los expertos indican: “Un aumento significativo de las edificaciones implica mayor fragmentación de los ecosistemas debido a caminos, accesos y alambrados, mayor demanda de servicios, aumento de carga de efluentes, mayor permanencia y circulación de personas, vehículos y mascotas, deforestación y antropización del entorno, mayor riesgo de incendios, incremento en el uso de agua y otros impactos asociados a los asentamientos humanos”.
Falta una evaluación ambiental previa
Las organizaciones no rechazan el desarrollo económico en propiedades privadas, pero advierten que la resolución duplicará abruptamente las construcciones sin una fundamentación adecuada ni un estudio serio de sus posibles consecuencias. No se realizó una Evaluación Ambiental Estratégica, que es lo que corresponde para una modificación de esta magnitud. Antes de implementar cambios tan importantes, se debería haber evaluado el impacto global, considerando todos los riesgos, y no analizar cada construcción de manera aislada. En su comunicado, las organizaciones señalaron: “Las evaluaciones de impacto individuales para cada construcción no reflejan el impacto acumulativo de este cambio normativo. Nada de esto se realizó, como se deduce de la Resolución 300/2025”.Además, las asociaciones denuncian que no se informa a la UNESCO sobre estos cambios, algo obligatorio porque dos de estos parques, Los Glaciares y Los Alerces, son Patrimonio Mundial Natural. La falta de comunicación podría poner en riesgo esta valiosa categoría.
Esta preocupación también se basa en la legislación argentina que protege estos lugares. Las Reservas Nacionales tienen como objetivo conservar la naturaleza, las plantas y animales únicos de la región. La ley establece que “la promoción y desarrollo de asentamientos humanos se hará en la medida que resulte compatible con los finos específicos y prioritarios enunciados”, lo que significa que solo se pueden autorizar nuevas construcciones si no dañan el entorno. Las organizaciones que alertan sobre esta situación piden que la resolución sea dejada sin efecto porque “genera un riesgo permanente para la conservación de las áreas protegidas y un precedente extremadamente negativo para el prestigio de la Administración de Parques Nacionales”. Además, implica un claro desconocimiento de los objetivos de las Leyes 22.351 (de Parques Nacionales) y 25.675 (Ley General del Ambiente).
Fuente: Bio, por el derecho a la ciencia. Diario Rio Negro.